Acuerdo de Servicios
SISTEMA DE COMISIONES APLICABLE A LOS CAJEROS DE LA RED EURO 6000
Se incluyen a continuación las comisiones aplicables a los cajeros de la Red EURO 6000 para entidades que lo soliciten y que suscriban el correspondiente acuerdo recíproco de comisiones en cajeros. Estas comisiones están compuestas por una comisión base y, en su caso, un descuento por volumen.
Valores de referencia para la determinación de la comisión base:
Los valores de referencia que se tomarán como punto de partida para la determinación de la comisión base aplicable a cualquier nuevo solicitante serán los siguientes:
- Entidades con un número de cajeros superior a los 400 y/o un nivel de complementariedad geográfica similar al de las entidades adheridas a la Red EURO 6000 comparables y/o Bankia o Sabadell: 0,50-0,65 €/operación.
- Resto de entidades:
Descuentos por volumen:
Sobre la comisión base determinada se aplicarán, en su caso, los siguientes descuentos por volumen. Dichos descuentos se calculan en función del número de operaciones realizadas anualmente por los clientes de la entidad solicitante en los cajeros de las entidades adheridas a la Red EURO 6000 con las que la entidad solicitante no tenga ya un acuerdo bilateral más beneficioso o en condiciones más ventajosas:
- Entre 1.000.001 y 2.000.000: 0,05 €/operación.
- Entre 2.000.001 y 3.000.000: 0,05 €/operación adicionales.
- Entre 3.000.001 y 4.000.000: 0,05 €/operación adicionales.
- Más de 4.000.000: 0,05 €/operación adicionales.
Los descuentos por volumen no serán aplicables a las entidades que cumplan los criterios señalados en el punto 1 anterior para la determinación de la comisión base.
Igualmente, los descuentos por volumen no se aplicarán de forma retroactiva. Por ejemplo, si los clientes de la entidad solicitante realizaran 5 millones de operaciones anuales: no aplicaría ningún descuento al primer millón de operaciones; aplicaría un descuento de 0,05 €/operación a las operaciones comprendidas entre 1.000.001 y 2.000.000; aplicaría un descuento de 0,10 €/operación para las operaciones comprendidas entre 2.000.001 y 3.000.000; aplicaría un descuento de 0,15 €/operación para las operaciones comprendidas entre 3.000.001 y 4.000.000; y aplicaría un descuento de 0,20 €/operación para las operaciones en exceso de 4.000.000.
En el acuerdo recíproco de acceso a cajeros que se formalice se pactará un procedimiento técnico para que pueda llevarse a cabo una monitorización y cómputo de transacciones que permita que los cambios que afecten a la comisión base a medida que se incrementan los tramos de descuento sean aplicables lo más pronto que sea técnicamente posible en lugar de realizar una liquidación anual.
Las solicitudes sobre comisiones para los cajeros de la Red EURO 6000 se deberán enviar a la siguiente dirección: solicitudes.cajeros@euro6000.es
1 Comisiones unilaterales comunicadas a Banco de España según la Circular 3/2016 del Banco de España, a las entidades titulares de cajeros automáticos y las entidades emisoras de tarjetas o instrumentos de pago, sobre información de las comisiones por la retirada de efectivo en cajeros automáticos.